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Motoconchistas dicen estar dispuestos a cumplir Ley de Movilidad y disposiciones del Intrant

SANTO DOMINGO. El presidente de la Federación Nacional de Motoconchistas (FENAMOTO), Oscar Almánzar, expresó este miércoles que esa entidad está en la mejor disposición de acatar las disposiciones establecidas en la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.
Tras sostener un encuentro con la Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), Claudia Franchesca De los Santos, Almánzar llamó a sus conductores a actuar con prudencia en las vías y llevar puesto su casco protector, al tiempo de expresar que ningún motoconchista debe preocuparse de que le retengan su vehículo, si respeta las normas de tránsito y anda con sus papeles en orden.
Asimismo, el dirigente anunció que en los próximos días entregará al INTRANT su propuesta para la elaboración del Plan Nacional Estratégico de Seguridad Vial Para Motoristas y el reglamento del mismo.
En su intervención, Claudia Franchesca, exhortó a los federados poner su mayor empeño al desplazarse por las vías, ya que la mayoría de las víctimas y lesionados por el tránsito son motoristas, al tiempo de inducirles a formar parte de los programas de Seguridad Vial, ofrecidos por la Escuela Nacional de Educación Vial (ENEVIAL).
Durante el encuentro que tuvo lugar en la sede del INTRANT, la citada federación solicitó a la ingeniera De los Santos, enviar las unidades móviles de actualización de licencia a diferentes puntos para que los motoconchistas adquieran el documento, al tiempo de adelantar que se está instruyendo a los miembros de esa organización para que incorporen casco protector para niños.
Lo que dice la Ley
El artículo 75 de la ley de Movilidad establece que, el transporte en motocicletas será regulado por el INTRANT, en coordinación con los ayuntamientos, y operará conforme a las disposiciones relativas al tránsito y la seguridad vial, establecidas en la misma y sus reglamentos de aplicación.
De igual modo, dicta esa modalidad de transporte será autorizada por los ayuntamientos correspondientes, en coordinación con el INTRANT, mediante licencia de operación otorgada previo cumplimiento de los siguientes requisitos: Copia de la cédula, licencia de conducir, certificado de no antecedentes penales y prueba de residencia en el municipio correspondiente.
También, el artículo 76 prescribe que los ayuntamientos crearán el registro municipal de motocicletas destinadas al transporte de personas, así como la clasificación de las mismas según su uso y cilindraje.
Para dicho registro, será necesaria la palca, matrícula original, seguro vigente y documento legal que demuestre el derecho al uso de la motocicleta.
El Instituto rector y regulador del transporte terrestre en la República Dominicana, trabaja para la implementación del Plan Nacional de Seguridad Vial y tiene como meta reducir en un 30 % las víctimas de la siniestralidad al año 2020.
El INTRANT es un organismo descentralizado del Estado, con personalidad jurídica y autonomía administrativa, financiera y técnica, encargado de cumplir y hacer cumplir la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
Fuente: Diario Libre

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